Tribunales
Constructora recurre a Tribunal Ambiental por multa tardía de ruidos molestos
Condominio Vista Pacífico ya estaba entregado cuando immobiliaria recibe multa por 54 millones de pesos por denuncia de 2017.
La constructora solicita que se le absuelva de la sanción y se deje sin efecto la multa, o en su defecto que se le amoneste por escrito o se rebaje dicha multa.
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Condominio Vista Pacífico ya estaba entregado cuando immobiliaria recibe multa por 54 millones de pesos por denuncia de 2017.
Casi siete años después de haberse terminado la construcción del condominio Vista Pacífico, ubicado en avenida Pacífico 3119, en La Serena, la Superintendencia del Medio Ambiente sancionó a la constructora Nollagam, por 66 Unidades Tributarias Anuales, alrededor de 54 millones de pesos, por ruidos molestos durante su edificación.
La obra consiste en la construcción de tres edificios de 19 pisos, que contemplan 213 departamentos, más conserjería, estacionamientos y bodegas.
Alegatos
En el alegato. los ministros escucharon a los abogados José Manuel Cuadra, por la empresa, y Paloma Espinoza, por la Superintendencia del Medio Ambiente.
El abogado Cuadra destacó que “la constructora no tuvo la oportunidad de presentar medidas de cumplimiento porque en 2019 estaba la construcción finalizada. Según la SMA el procedimiento no ha superado los plazos razonables. Nuestro recurso de reposición tampoco forma parte del procedimiento administrativo, la discusión queda limitada al día en que formularon los cargos y notificaron la multa. En la práctica fue fiscalizada y estuvo tres años sin la posibilidad de defenderse desde ese momento, hasta que fueron formulados los cargos”.
Además, agregó que “esta demora también impidió los derechos procesales porque al momento de la formulación de los cargos no existía la posibilidad de presentar un Programa de Cumplimento PdC, porque la construcción estaba recibida, la obra estaba terminada, mi representada se había retirado del lugar”.
En tanto, desde la Superintendencia, la abogada Espinoza respondió que hubo una serie de actividades realizadas en la etapa de fiscalización y que fueron omitidas en la reclamación y los alegatos. “Se intentó por todas las vías no llegar al procedimiento sancionatorio. Se puso en conocimiento a la empresa en cuatro oportunidades y se le solicitó que adoptara medidas. Hubo cartas de advertencia desde enero de 2019, donde se informa la denuncia y las medidas para cumplir con la norma de emisión de ruido”, relató la abogada.
A su vez, explicó que “no es efectivo que, durante la etapa de fiscalización, el titular haya estado en una incertidumbre jurídica, esta SMA, siempre mantuvo una comunicación, sin embargo, no fue exitosa porque no se pudo volver al cumplimiento normativo”.
La reclamación
A raíz de una denuncia efectuada en diciembre de 2017, la Superintendencia del Medio Ambiente efectuó una inspección en julio de 2018, en la cual habría constatado una superación de 7 dB(A), por sobre el máximo permitido para el lugar conforme con lo que establece la norma de emisión de ruido. Esta superación generó que la Superintendencia del Medio Ambiente sancionara a la empresa con una multa de alrededor de 54 millones de pesos.
La empresa afirma que no se respetaron los plazos establecidos para la extensión del procedimiento, siendo multada 83 meses después de haber sido denunciada por ruidos molestos, cuando las obras incluso ya fueron entregadas.
Asimismo, cuestiona que la sanción se basa solo en una medición, realizada en condición externa y en un único punto, sin la realización de correcciones por ruido de fondo. Así, asevera que el resultado de esa actividad de fiscalización indicó que de la capación del único punto de medición el límite máximo de ruido habría sido superado por 7 dBA.
La constructora reclama también que implementó un conjunto de medidas contenidas en un plan de mitigación, que tuvo un costo de aproximadamente 32 millones de pesos y que no fue considerado por la SMA al dictar la sanción.
La constructora solicita que se le absuelva de la sanción y se deje sin efecto la multa, o en su defecto que se le amoneste por escrito o se rebaje dicha multa.

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