Regionales
En los próximos días se realizaría encuentro entre Intendente y nueva Gobernadora
Tras la segunda vuelta de gobernadores regionales del pasado 13 de junio, el ministro del Interior, Rodrigo Delgado, instruyó a los actuales intendentes a reunirse con los gobernadores electos, quienes asumirán sus funciones el próximo 14 de julio.
Han habido varias citas en las que se resolvieron dudas, se abordó el traspaso de mando e incluso en algunos casos se visitaron las oficinas que ocuparán las nuevas autoridades.
La mayoría de las reuniones entre los intendentes y gobernadores electos ya han sido realizadas, según datos recogidos por el Gobierno, aunque todavía está pendiente el encuentro entre el Intendente Pablo Herman y la nueva autoridad Krist Naranjo (IND-Ecologistas), el cual se concretaría en los próximos días a la espera de que ella finalice sus vacaciones.
¿Cuáles son las funciones de la gobernadora regional?
El gobernador regional tiene entre otras funciones:
- Formular políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos.
- Someter al consejo regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones.
- Someter al consejo regional el proyecto de presupuesto del respectivo gobierno regional.
- Representar judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo.
- Nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su confianza.
- Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa.
- Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo.
- Promulgar, previo acuerdo del consejo regional, el plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, comunales y seccionales y los planos de detalle de planes reguladores intercomunales.
- Presidir el consejo regional.
Convocar al consejo regional y disponer la citación a las sesiones.
¿No habrá Intendentes?
Se acaba la figura de los Intendentes. En su reemplazo, se crea el cargo de delegado presidencial regional, como representante del Presidente de la República en la Región.
¿Qué es el delegado presidencial regional?
El delegado presidencial regional ejerce el gobierno interior de cada región. Es el representante natural e inmediato del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción. Será nombrado por el jefe del Estado y se mantendrá en sus funciones mientras cuente con su confianza. Le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio, entre otras funciones establecidas en la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional.
¿Qué funciones tendrá el delegado presidencial regional?
La Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional establece entre otras funciones:
- Dirigir las tareas de gobierno interior en la región, de conformidad con las orientaciones, órdenes e instrucciones que le imparta el Presidente de la República directamente o a través del Ministerio del Interior.
- Velar porque en el territorio de su jurisdicción se respete la tranquilidad, orden público y resguardo de las personas y bienes.
- Requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley.
- Mantener permanentemente informado al Presidente de la República sobre el cumplimiento de las funciones del gobierno interior en la región.
- Efectuar denuncias o presentar requerimientos a los tribunales de justicia, conforme a las disposiciones legales pertinentes.
- Ejercer la coordinación, fiscalización o supervigilancia de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de la función administrativa, que operen en la región, y que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.
- Proponer al Presidente de la República una terna para la designación de los secretarios regionales ministeriales.
- Adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe.
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